EDICTO del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Calatayud, relativo a procedimiento juicio verbal 134/2015.
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
Fallo
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Ricardo Moreno Ortega, en nombre y representación de Proyecta Arquitectura Interior, S.L., Inversiones Lorzán Tres. S.L., debo condenar y condeno a éste a pagar a la parte actora la cantidad de dos mil cuatrocientos euros (2.400 €), más los intereses moratorios previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, conforme a lo dispuesto en el fundamento jurídico tercero de esta resolución.
Se condena en costas a la parte demandada.
Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Inversiones Lorzán Tres S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Calatayud, 18 de enero de 2016.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.